Las Obligaciones Negociables (ON) representan un contrato de empréstito entre la empresa y el inversor. De acuerdo al artículo 1° de la ley 23.576 (modificada por las leyes 23.962, 23.966 y 27264, y demás Decretos) los emisores de este instrumento pueden ser sociedades por acciones, sociedades de responsabilidad limitada, cooperativas, asociaciones civiles constituidas en el país y sucursales de sociedades por acciones constituidas en el extranjero en los términos de la ley 19.550 (Ley de Sociedades Comerciales).
Del mismo modo que los títulos públicos, las condiciones de emisión de las ON pueden variar de un emisor a otro y son especificadas en un documento conocido como prospecto de emisión, que se publica al momento de requerir la autorización de oferta pública y de listado en los Mercados (con y sin contraparte central).
El prospecto de emisión contiene, además de la información sobre la empresa emisora, las condiciones de emisión, entre las que se encuentran: la moneda, la forma y plazos de amortización del capital, el interés y la garantía.